Comercios y Shopping permanecerán cerrados por el «Día del Empleado de Comercio»
Hoy se conmemora el Día del Empleado de Comercio en nuestro país, tras promulgarse la Ley 26.541 en 2009 dicha fecha como feriado nacional.
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios informó que al respecto de la celebración del Día del Empleado de Comercio, que dicho festejo en nada afecta la apertura de los comercios cuando los mismos son atendidos por sus dueños o con aquellos empleados que acepten asistir a cumplir sus tareas.
Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%. Si no se trabaja, el empleado de comercio tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará.
Y deja a libre criterio de los comerciantes y prestadores de servicios comprendidos en el ámbito del Convenio Colectivo 130/75, la posición a adoptar respecto de sus dependientes.